domingo, 30 de noviembre de 2014

Examen final

Confirmo que tendrá lugar el 2 de diciembre a las 11:00 AM en aula a designar. Averiguar esto último en Bedelía.

miércoles, 26 de noviembre de 2014

Consigna de trabajo

Alumni, los trabajos prácticos deberán entregarse el día viernes 28 de noviembre hasta las 24:00 horas, por mail. Tras su corrección deberán ser defendidos oralmente junto con los alumnos que rindan examen final el día martes 2 de diciembre.

TRABAJO PRACTICO

Fecha:  25 de diciembre de 2013, pasada la medianoche.
Lugar: una conocida bailanta de la zona de Pacífico, con capacidad para unas dos mil personas.
El local se encontraba ocupado dentro de los límites de su habilitación obtenida por el empresario.
Los varones debían pagar entrada en tanto que las mujeres podían acceder en forma gratuita. No había un código específico de vestimenta no obstante lo cual un joven fue desalojado con el argumento de que su ropa no satisfacía los estándares del lugar. En su defensa varias personas cruzaron palabras pero la situación recobró la calma enseguida.
Un momento más tarde otro joven fue golpeado violentamente en la cara a raíz de lo cual perdió el ojo izquierdo sin haberse podido identificar al autor del hecho. Varias personas fueron invitadas a retirarse mientras otras lanzaban proyectiles desde adentro. Un transeúnte fue alcanzado por un botellazo causándole lesiones de cierta entidad sin que tampoco pudiera individualizarse al agresor. Los días sucesivos se instaló en debate popular el tema de la seguridad que debía garantizar el organizador del evento.

1.- Indique conceptualmente en que consiste la obligación de seguridad, y cuál es su fundamento fáctico y normativo desde el código civil y desde la ley de defensa del consumidor. Diga además si ella debe surgir en forma expresa del contrato.
2.- Dos posturas doctrinarias se contraponen en la consideración del carácter contractual o extracontractual del deber de seguridad. Desarrolle la justificación para ambas.   
3.- Al margen de la prestación debida en el contrato, en aquellos casos en que es exigible la obligación de seguridad deberá analizarse si ésta hace a la configuración del contrato de modo principal o es accesorio. En éste último caso, si esta accesoriedad debe ser entendida del modo en que la ley civil la consagra, corriendo la suerte de la principal. Desarrolle de modo justificado las posturas doctrinarias que responden a este interrogante.
4.- En cuanto al factor de atribución, según sea objetivo o subjetivo, deberá señalar junto con el concepto al que ambos responden, las posturas doctrinarias que avalan la sujetivación o la objetivación de la atribución de responsabilidad y el criterio adoptado por la jurisprudencia argentina. Indique si hay otras posturas intermedias.  Señale cuál es el criterio de la ley de defensa del consumidor.
5.- Con qué criterio que define si la obligación de seguridad estará presente en todos los contratos o por el contrario solamente en algunos de ellos y en su caso, en cuáles.
6.- En el contrato de espectáculo público, ¿considera usted que la responsabilidad del empresario es objetiva o subjetiva? Justifique su respuesta señalando qué criterio adopta la doctrina.
7.- Si el daño proviene de un tercero que no tiene con el empresario relación de dependencia, ¿se configura en la especie la eximente conocida como hecho del tercero por quien el organizador no debe responder? ¿Qué criterio tiene la jurisprudencia nacional para considerar o no como pertenecientes al entorno del contrato al cliente de un establecimiento? Analice también el tema desde la noción de riesgo-provecho.
8.- Justifique la aplicación normativa de la ley de defensa del consumidor para examinar la responsabilidad del empresario organizador del evento analizando para ello a qué se obliga.
9.- Por último encuadre con la ley vigente y en la letra de la ley 26.994/2014, el caso del tercero lesionado que transitaba por la vereda sin haber sido cliente del establecimiento y el del joven que fue expulsado del lugar.