miércoles, 31 de octubre de 2012

Recursos contra la sentencia de quiebra

Cuando examinamos con qué alternativas cuenta el deudor para evitar la sustanciación de su quiebra encontramos la conversión en concurso prevenivo si se dan los presupuestos para que el mismo proceda (que se trate de un sujeto concursable y se puedan reunir los requisitos formales) y los recursos de reposicion, con o sin trámite. Conversión y reposicion no proceden en subsidio pues parten de presupuestos diversos: la primera reconoce la existencia de la cesacion de pagos pues ello resulta esencial para acceder al concurso preventivo aunque sea por conversión, mientras que la resposición, sea o no con trámite pretende desvirtuar la existencia de los preupuestos sustanciales: ausencia de cesación de pagos o sujeto no comprendido en la ley.
En cambio la incompetencia, si bien está regulada entre los recursos, sólo se propone que el expediente continúe su trámite ante el juez que corresponda pero en ningún caso hace cesar los efectos del trámite ni invalida los actos otorgados por el juez incompetente. De este modo, formalmente es un recurso pero no de los que se alzan contra la sentencia de quiebra.

1 comentario:

Lorena dijo...
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