viernes, 29 de abril de 2011

En la pretensión de dotar a determinados títulos de crédito de la mayor seguridad frente al entorno en el que ellos vendrán a circular del modo más ágil, se les requiere un rigor formal superior como constitutivos de los mismos. Sin esas formas podrán tener un valor probatorio pues no dejarán de ser un quirógrafo, pero ya no podrán considerarse amparados en el régimen que pretendió asignárseles. Ejemplo de estos títulos formales son la letra de cambio, el cheque y el pagaré.