viernes, 29 de octubre de 2010

Agustina, andá al blog de la comisión 8810. Si quedan dudas me decís.

2 comentarios:

Agustina Canale dijo...

Ahhh perfecto, en el otro blog una persona hizo todas las preguntas al respecto que habian quedado sueltas dando vueltas en mi cabeza.
Muchas Gracias prof.

Agustina Canale dijo...

Me surgio otra duda:
Cuándo es que dos o mas personas fisicas o juridicas puede pedir el concurso preventivo grupal? siempre que se encuntren en estado de cesación de pagos se pueden unir dos personas que estan en ese estado y pedir el concurso grupal? me imagino que no.
Por ejemplo: si yo y juan perez, que no tiene nada que ver conmigo, y ambos estamos en estado de cesación de pagos, podemos pedir conjuntamente el concurso grupal?
Es un tanto confuso a mi parecer, el tema del concurso preventivo grupal.
Gracias!